Lauro Asesores
Siniestros Automotores
Siniestros Automotores
AL MOMENTO DE PRODUCIRSE UN SINIESTRO ¿CUANTO TIEMPO TENGO PARA DENUNCIAR EL MISMO?
La denuncia del accidente hay que hacerla dentro de los tres días de haber tomado conocimiento del hecho, siempre comuníquese con LAURO para que podamos asesorarlo e informarle los pasos a seguir. Si realiza la denuncia ante su compañía de seguros recuerde siempre tomar nota del número de denuncia que le darán al finalizar la comunicación.
No olvide que es una obligación denunciar el siniestro.
SI TENGO UNA COBERTURA "CONTRA TODO RIESGO", ¿QUÉ NECESITO HACER?
Comunicarse con nuestro Departamento de Siniestros y Legales para hacer la denuncia y luego coordinar la inspección a fin de que su compañía de seguros deje la orden de trabajo por el valor que supere la franquicia, previa verificación de los daños.
RECUERDE QUE LAURO LE GESTIONARA EL RECLAMO DEL RECUPERO DE LA FRANQUICIA ANTE LA COMPAÑÍA DEL TERCERO SIN NINGUN CARGO
SI TENGO UNA COBERTURA “CONTRA TERCEROS” Y ME EMBISTEN ¿QUÉ DEBO HACER?
Comunicarse con nuestro Departamento de Siniestros y Legales a fin de denunciar el hecho y solicitar una copia de la denuncia y del certificado de cobertura, eso junto con las fotos en donde se vean los daños y la patente, cedula verde, registro y presupuesto le serán solicitados por la compañía del tercero que origino el choque, para poder pagarle sus daños.
RECUERDE QUE SI LA CIA DE SEGUROS DEL TERCERO ESTA DENTRO DE LAS CUALES LAURO TRABAJA, EL RECLAMO AL TERCERO LO GESTIONAMOS NOSOTROS SIN CARGO.
QUE HAGO CUANDO EL ACCIDENTE OCURRE EN LA AUTOPISTA ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Si el accidente ocurre en una autopista:
AL MOMENTO DEL ACCIDENTE ¿TENGO QUE TENER EL COMPROBANTE DE SEGURO EN MI AUTO?
Si, es obligatorio llevar en el auto el comprobante de seguro vigente que debe darte la compañía de seguros. No es necesario que tenga el último recibo de pago del seguro. Ley 24.449. Ley de Tránsito, Art. 40 y 68.
¿QUÉ PASA SI CHOQUÉ Y ESTABA ALCOHOLIZADO?
Si estaba alcoholizado y chocó, la empresa de seguros no va a pagar los daños del accidente. Si alguien reclama una indemnización, va a tener que responder con sus bienes.
Conducir en estado de ebriedad es una causa grave que excluye la cobertura asegurativa.
¿MI COMPAÑÍA DE SEGUROS PUEDE INVESTIGAR EL ACCIDENTE?
Si, la Compañía de seguros puede investigar el accidente y hacerle preguntas.
Como asegurado tiene la obligación de darle toda la información que la empresa de seguros le pida.
CUANDO TUVE EL ACCIDENTE NO TENÍA PAGO EL SEGURO DEL AUTO ¿LA EMPRESA DE SEGURO IGUAL PAGA LOS DAÑOS DEL ACCIDENTE DE TRÁNSITO?
No, si no paga la prima su cobertura de seguro se encuentra suspendida, y la compañía de seguros no cubre los daños del accidente de tránsito.